18ª SESION ORDINARIA DE PRORROGA - 28ª REUNION.

19 DICIEMBRE 2012

Corresponde a Expediente 4084-414HCD/12.

VISTO:

La Ley Provincial Nº 14.377, y;

CONSIDERANDO:

Que, por la misma se introdujo una modificación en el inciso I) del artículo 2º de la Ley Nº 10499 y sus modificatorias, Leyes 12631 y 14129,

Que, como ya conocemos, las normas mencionadas se refieren a la enfermedad celíaca, considerada por el Gobierno Nacional como hereditaria y auto-inmunitaria que produce daños al intestina producto de la intolerancia al gluten, proteína que se encuentra en el trigo, avena, cebada y centeno, cuyo principal componente es la gliadina y como se ha podido probar, es considerada la enfermedad intestinal crónica más frecuente,

Que, ante esta situación, la modificación introducida, a nuestro criterio, permite una mayor inclusión de pacientes con esta patología a los centros gastronómicos del Distrito ya que lo que se busca promover junto a los empresarios del sector, es incluir en sus menús, al menos una opción para celíacos y así lograr una mejor calidad de vida atento que su único tratamiento posible es una dieta estricta y de por vida, sin TACC (trigo, avena, cebada y centeno),

POR ELLO, LOS CONCEJALES DEL BLOQUE DE LA UNION CIVICA RADICAL, POONEN A CONSIDERACION DE ESTE HONORABLE CUERPO, EL SIGUIENTE PROYECTO DE:

R E S O L U C I O N

ARTICULO 1º: Adhiérase la Municipalidad de Patagones a la Ley modificatoria de las Leyes Nº 10.499, 12.631 y 14.129 que regula la celiaquía-enfermedad intestinal.

ARTICULO 2º: Invítese por el Departamento Ejecutivo, a los comercios rubro Gastronómico, ubicado en el Partido de Patagones, a incluir en su menú al menos una opción apta para celíacos.

ARTICULO 3º: De Forma.

 

UCR.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD
REGISTRADO BAJO EL Nº1612